2013-06-20 / Ultima Actividad en este Ticket : 2013-06-20 13:50:00
Petición
El dia de ayer 18 de junio ingreso a la unidad de cuidados intensivos ediatrica UCIKIDS la paciente MICHELLE DAYANA CUBILLOS LOPEZ de 2 años con dx de CHOQUE SEPTICP,COLITIS NEUTROPENICA,NEUTROPENIA ABSOLUTA, TUMOR DE BIRKITTy no ha sido posible la comunicacion con la secretaia de salud de pereira ya que la paciente es de esa ciudad ,Por lo tanto escribo por este medio para obtener la ayuda de ustedes para la generacion de la autorizacion de servicios para UCIKIDS en cuidados intensivos De la misma manera solicitar su colaboracion ya que la bebe requiere de un tratamiento odontologico y se requiere orden para el hospital infantial de la cruz roja que seria quien realizaria estos procedimientos de odonologia quedando atenta a la amable y oportuna colaboracion y respuesta para el tratamiento de la menor Lina clemencia Castaño Zuluaga Facturadora UCIKIDS 8851577-3015576667-310466543
Solución
Buenas tardes.
Al respecto de su petición es pertinente informarle que una vez realizado el trámite de verificación por parte del administrador de la base de datos del Sistema de Información en Salud Pública SISAP de la Secretaría de Salud y Seguridad Social del Municipio de Pereira, en la base de datos del Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA y en la páginad e la Dirección Nacional de Planeación DNP, se obtuvo como respuesta que la menor MICHELLE DAYANA CUBILLOS LÓPEZ no se encuentra registrada en ninguna de las anteriores; no obstante, el procedimiento para la autorización de servicios una vez superada la atención inicial de urgencias, se encuentra contemplado en la Resolución No 3047 de 2008 del Ministerio de la Protección Social, en donde se definen los formatos, mecanismos de envío, procedimientos y términos de las relaciones entre entidades prestadoras del servicio de salud y las entidades responsables del pago de dichos servicios.
Dicho prodecimiento, consiste en el diligenciamiento del formato definido en el Anexo Técnico No 3 de dicha Resolución y enviarlo por medio de correo electrónico como archivo adjunto o vía fax; se le recuerda que el prestador de servicios de salud debe insistir en la comunicación con la entidad responsable del pago, procurándo que los servicios cuenten con la autorización correspondiente y que la responsabilidad de los datos registrados en la solicitud de autorización de servicios es el prestador de servicios solicitante.
Por todo lo anterior y de la manera mas comedida, le solicitamos que realice el diligenciamiento del formato definido en el anexo técnico No 3 de la Resolución antes mencionada y lo envíe al correo electrónico aseguramientopereira@gmail.com o al No de Fax (6)3248310, para darle el trámite correspondiente.
A la espera de cualquier inquietud y siempre prestos a colaborarle,
CARLOS OLIVARES SANTOS
Director Operativo Aseguramiento
Secretaría de Salud y Seguridad Social del Municipio de Pereira
SEGUIMIENTO DE RESPUESTAS
Nuevo Estado
Con Respuesta
Mensaje
Buenas tardes.
Al respecto de su petición es pertinente informarle que una vez realizado el trámite de verificación por parte del administrador de la base de datos del Sistema de Información en Salud Pública SISAP de la Secretaría de Salud y Seguridad Social del Municipio de Pereira, en la base de datos del Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA y en la páginad e la Dirección Nacional de Planeación DNP, se obtuvo como respuesta que la menor MICHELLE DAYANA CUBILLOS LÓPEZ no se encuentra registrada en ninguna de las anteriores; no obstante, el procedimiento para la autorización de servicios una vez superada la atención inicial de urgencias, se encuentra contemplado en la Resolución No 3047 de 2008 del Ministerio de la Protección Social, en donde se definen los formatos, mecanismos de envío, procedimientos y términos de las relaciones entre entidades prestadoras del servicio de salud y las entidades responsables del pago de dichos servicios.
Dicho prodecimiento, consiste en el diligenciamiento del formato definido en el Anexo Técnico No 3 de dicha Resolución y enviarlo por medio de correo electrónico como archivo adjunto o vía fax; se le recuerda que el prestador de servicios de salud debe insistir en la comunicación con la entidad responsable del pago, procurándo que los servicios cuenten con la autorización correspondiente y que la responsabilidad de los datos registrados en la solicitud de autorización de servicios es el prestador de servicios solicitante.
Por todo lo anterior y de la manera mas comedida, le solicitamos que realice el diligenciamiento del formato definido en el anexo técnico No 3 de la Resolución antes mencionada y lo envíe al correo electrónico aseguramientopereira@gmail.com o al No de Fax (6)3248310, para darle el trámite correspondiente.
A la espera de cualquier inquietud y siempre prestos a colaborarle,
CARLOS OLIVARES SANTOS
Director Operativo Aseguramiento
Secretaría de Salud y Seguridad Social del Municipio de Pereira
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